Por: Boris Ríos
La Autoridad de Aeronáutica Civil (AAC) anunció la entrada en vigencia de la Norma AAC/DSA/DG-01-16 que establece los requisitos para la operación de las Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA) o drones en la República de Panamá.
La entidad gubernamental decidió reglamentar su uso con el objetivo de evitar algún accidente y por razones de seguridad.
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El nuevo registro obligatorio de pilotos es para aquellas personas que usen drones que tengan un peso mayor a 250 gramos. También deberán estar inscritos todos aquellos usuarios que utilicen estas aeronaves para ámbitos laborales, independientemente del peso.
Dentro del código normativo que entró en vigencia, también se establece que ningún drone podrá volar en un radio de ocho kilómetros de cualquier aeropuerto del país. Igualmente quedan prohibidos los vuelos en horario nocturno.
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La oficina para el registro de pilotos de drones se encuentra ubicada en el Aeropuerto Marcos A. Gelabert de Albrook. La atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m. y la afiliación es gratuita.
Este artículo fue publicado originalmente en www.revistaitnow.com