*Herman M. Duarte, fundador H-DuarteLEX
Veinte países en América han recibido un mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte- IH) para que garanticen el matrimonio igualitario y los derechos básicos de identidad para la comunidad transgénero. La resolución se hizo pública el 9 de enero pasado a través de una Opinión Consultiva que es vinculante para todos los Estados que reconocen la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH. Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay deben respetar la Opinión Consultiva emitida después de que Costa Rica la solicitara en mayo de 2016.
Mientras en Colombia, Argentina, Brasil, Uruguay y en algunos estados de México ya se ha reconocido el matrimonio igualitario, el gobierno costarricense anunció que acatarán en su totalidad la interpretación de la Corte, la cual implica que los Estados deben reconocer y garantizar todos los derechos derivados de vínculos familiares entre personas del mismo sexo, en concordancia con la Convención Interamericana de Derechos Humanos. La Opinión Consultiva indica que es necesario que todos los Estados garanticen acceso a las figuras legales internas ya existentes, incluyendo el derecho al matrimonio, para garantizar la protección de todos los derechos de las familias compuestas por personas del mismo sexo sin ninguna diferencia respecto a aquellas familias constituidas por parejas heterosexuales.
Además, la Corte expresó que a las personas transgénero se les debe permitir que legalmente cambien su nombre y sexo. La corte dijo que este proceso debe ser expedito, confidencial y que el registro civil no debe pedir requerimientos tales como certificados médicos o psicológicos, ya que el cambio debe ser basado únicamente en la voluntad libre del solicitante. En la región solo Argentina, Bolivia, Ecuador, algunos estados de México y Uruguay tienen leyes que reconocen el derecho de las personas transgénero a legalmente cambiar su nombre y sexo sin que previamente se hayan sometido a alguna cirugía.
Costa Rica solicitó la Opinión Consultiva el 18 de mayo de 2016, fecha a partir de la cual se presentaron 91 observaciones escritas hechas por los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organizaciones internacionales, asociaciones, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas e individuos de la sociedad civil. Fundación Igualitos and HDuarte-LEX, una firma boutique especialista en Arbitraje y Derechos Humanos participó en dicho proceso a través de la participación de Herman M. Duarte y Paula Siverino Bavio, quienes además fueron parte de la audiencia pública convocada por el Presidente de la Corte IDH Roberto Caldas, el 17 de mayo de 2017. Tanto Duarte como Siverino, ofrecieron sus argumentos orales ante la Corte IDH en la petición de la Opinión Consultiva OC-24 presentada por el Estado costarricense. La Corte tuvo su proceso de deliberación a finales del 2017.
Más allá, tal como fue reportado por Chambers & Partners, HDuarte-LEX, Fundación Igualitos, ACODI y ACCEDER organizaron y promovieron el I Congreso de Matrimonio Igualitario en el continente americano, el cual reunió a 54 representantes, activistas y especialistas de 17 nacionalidades y 44 organizaciones, creando un antes y un después, ya que nunca se había realizado un evento de tal calibre en la región. El congreso fue clave para la victoria abrumadora obtenida con la Opinión Consultiva OC-24 emitida por la Corte IDH. Se trató de una de las acciones de alto impacto de la Fundación Igualitos y HDuarte-LEX en 2017.
La Vice Presidenta costarricense Ana Helena Chacón, quien presentó la solicitud en nombre de la actual administración hace dos años, confirmó durante una conferencia de prensa que el gobierno cumplirá con la resolución y dijo que el Poder Ejecutivo estudiará la resolución a profundidad, reportó el diario La Nación.
“Idealmente, será la Asamblea Legislativa la llamada a aprobar las leyes necesarias para que se cumpla este mandato luego de tan clara resolución”, explicó Elizabeth Jiménez, Presidenta de la Asociación Costarricense de Derecho Internacional (ACODI), quien agregó que la aceptación de la jurisdicción de la Corte IDH es vinculante para todos los poderes del Estado, lo cual significa que si la Asamblea Legislativa no ejerce su función, tanto el Poder Judicial como el Ejecutivo podrían buscar el cumplimiento de esta obligación internacional, dijo.
Costa Rica debe ejercer de oficio el control de convencionalidad y aplicar la interpretación realizada por la Corte en la recién notificada Opinión Consultiva 24 de forma pronta e íntegra, pues de lo contrario incurriría en un ilícito internacional que dejaría al país sujeto a denuncias directas ante el Sistema por la violación a sus obligaciones internacionales. De conformidad con la obligación de los Estados parte de ejercer dicho control de convencionalidad, establecido por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el caso Almonacid Arellano y que ha sido desarrollado en su jurisprudencia a través del tiempo, los Estados parte al cumplir con esta obligación deben “tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención Americana” . Además, Costa Rica en la Ley No. 6889 de 9 de septiembre de 1983 dispone la incorporación de las decisiones de este Tribunal internacional como directamente ejecutables a nivel interno.
En este sentido, este Tribunal en su resolución de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia de 26 de febrero de 2016 en el Caso Artavia Murillo y otros (“Fecundación In Vitro”), reiteró que “[l]as obligaciones convencionales de los Estados Parte vinculan a todos los poderes y órganos del Estado, es decir, que todos los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, u otras ramas del poder público) y otras autoridades públicas o estatales, de cualquier nivel, incluyendo a los más altos tribunales de justicia de los mismos, tienen el deber de cumplir de buena fe con el derecho internacional. Asimismo, este Tribunal ha resaltado en su jurisprudencia que los Estados “no pueden por razones de orden interno dejar de asumir la responsabilidad internacional ya establecida”.
En este escenario, el matrimonio igualitario y los derechos de identidad para las personas transgénero son una victoria inminente para aquellos que han buscado estos logros por los derechos humanos en el país. La noticia fue recibida con alegría en la capital San José, donde la gente se congregó la noche del 9 de enero en la Fuente La Hispanidad, una de las principales intersecciones de la ciudad. Costa Rica pronto será el primer país centroamericano en ganar el matrimonio civil igualitario.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara y contundente. Todas las personas son iguales sin importar su raza, religión, sexo, orientación sexual o identidad de género. El matrimonio igualitario es una institución civil que debe estar disponible para todas las personas y eso es lo que ha dicho la Corte” dijo Duarte. “La despatologización de la identidad trans y la necesidad de proteger todas las formas de familia con los más altos estándares legales posibles son sin duda la noticia que estábamos esperando”, expresó, por su parte, Siverino, quien además hizo hincapié en que ahora el trabajo y el compromiso serán claves para la implementación efectiva en cada uno de los países del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.