Juan José López Torres
El Salvador implementó el 5 de febrero una ley que busca proteger tanto a las personas como a las organizaciones públicas y privadas de los delitos contra la información digital e infraestructura tecnológica, un problema creciente en los últimos años.
Pese a que se trata de delitos graves que atentan contra uno de los activos más valiosos en la actualidad -la información-, la aprobación no contó con la mayoría absoluta de los diputados en la Asamblea Legislativa, aunque puso fin a cinco años de debate y análisis que requirieron la consultoría de un experto internacional y la participación de telcos, entidades de seguridad y de justicia del país.
Con el instrumento legal, que aún espera la sanción del Ejecutivo y la publicación en el Diario Oficial para que tome efecto, se protegerán bienes jurídicos, datos almacenados, procesados o transferidos, sistemas, infraestructura o cualquier componente e intereses asociados a la identidad, propiedad, intimidad e imagen de las personas naturales o jurídicas de delitos cometidos por medio de las TIC.
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Así, la ley considera como delitos los ataques contra sistemas tecnológicos de información e informáticos; los relacionados con el contenido de datos; contra niñas, niños y adolescentes o personas con discapacidad y el orden económico.
“Es tan novedosa y delicada que creímos, los miembros de la comisión, que no contábamos con los conocimientos adecuados y llamamos a todos los sectores involucrados y fue con ellos con quienes la hicimos”, expresó el diputado Antonio Almendáriz, presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Combate a la Narcoactividad.
El planteamiento de la iniciativa de 2010 se sustentó en las amenazas de la cibercriminalidad contra la integridad física y moral, así como la propiedad, posesión y conservación de sus derechos en el campo tecnológico.
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Para esa época, el correo y los medios de almacenamiento comenzaban a tomar protagonismo en las actividades económica, política, social y cultural, lo que abrió el debate para protegerlos de forma específica ya que las autoridades no contaban con el asidero legal ni el conocimiento para sustentar condenas en delitos cibernéticos.
“El uso inadecuado de estas Tecnologías de la Información y la Comunicación pueden poner en peligro la integridad de las personas, puesto que cada vez más las instituciones públicas y privadas son las que utilizan medios electrónicos para el almacenamiento y procesamiento de datos personales”, preveía la propuesta.
El argumento no estaba equivocado. En los últimos cinco años, tanto los sitios web de dependencias del Estado así como de empresas privadas han sido blancos de ataques, como denegación de servicio, malware, trolleo en redes sociales y phishing.
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La Ley Contra Delitos Informáticos implica reformar el Código Penal para que se incorpore la figura dedelitos relativos a la protección de información y de los datos y se tipifique los delitos informáticos.
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